La resolución impide cualquier tipo de construcción en los terrenos aledaños a la laguna y establece medidas para su conservación a largo plazo
El Juzgado Civil y Comercial Nº 21 resolvió a favor de los vecinos del barrio Villa Altabe en su demanda contra la Municipalidad de Resistencia y otras partes involucradas en proyectos de construcción cerca de la Laguna Francia-Altabe. La decisión judicial establece la prohibición absoluta de realizar construcciones en los márgenes de la laguna y ordena el retiro de todos los vallados que afectan su entorno natural.
El fallo responde a una acción de amparo presentada en 2019 por vecinos autoconvocados, quienes denunciaron que las obras proyectadas en las parcelas adyacentes a la laguna violaban la Ordenanza Nº 12383/17. Esta norma prohíbe edificaciones que interfieran con el acceso al paisaje natural y afecten áreas protegidas.
En su sentencia, el juez destacó la importancia de la Laguna Francia-Altabe como un ecosistema clave para la ciudad, reconociéndola como "sujeto de derechos". Según el fallo, este enfoque biocéntrico, inspirado en el precedente del río Atrato en Colombia, implica que la laguna debe ser protegida no solo por su valor ambiental, sino también por su relevancia social y cultural para los vecinos.
“Es necesario adoptar medidas urgentes para garantizar su conservación, no solo para las generaciones presentes, sino también para las futuras”, afirmó el juez en los considerandos.
1. Prohibición total de construcciones: La Municipalidad deberá abstenerse de autorizar cualquier tipo de obra, movimiento de suelos o radicación de viviendas en las áreas cercanas a la laguna.
2. Retiro de vallados: Se ordena la remoción de todas las estructuras que impidan el acceso al entorno natural de la laguna.
3. Creación de un organismo de gestión ambiental: El fallo exhorta a la Municipalidad y al Estado provincial a establecer la Autoridad de Gestión Integral de Lagunas Urbanas de Resistencia (AGILUR), para coordinar acciones de preservación y restauración.
La resolución se fundamenta en el incumplimiento de estudios de impacto ambiental previos a las construcciones. Además, se remarca la necesidad de respetar los derechos ambientales y la participación ciudadana establecidos en el Acuerdo de Escazú.
“Este fallo representa una victoria no solo para los vecinos, sino también para la protección de los ecosistemas urbanos”, expresó uno de los abogados patrocinantes.
La sentencia también incluye medidas para evitar represalias contra los vecinos por parte de la empresa constructora Patagonia Construcciones S.R.L., señalada por actos intimidatorios en el proceso judicial. La empresa deberá cesar cualquier acción contra los denunciantes, bajo apercibimiento de sanciones legales.
Con esta decisión, la Laguna Francia-Altabe se reafirma como un bien colectivo cuya preservación será prioritaria en Resistencia. Este fallo marca un precedente para la protección del medio ambiente en contextos urbanos y fortalece el derecho ciudadano a un entorno sostenible.